Hola, amigos:
Me pregunto esto, porque he recibido un correo de la FEMECV, con las condiciones del nuevo seguro suscrito para los meses de Noviembre y Diciembre; con posible continuidad en 2013.
No estoy seguro que sea legal el dar publicidad a lo que he recibido en forma personal. Por eso no lo hago.
Sí voy a compartir con vosotros, mi impresión y dudas que tengo:
Aún hoy, en
http://www.femecv.com/licencia-federativa/en-caso-de-accidenteContempla dos posibilidades: Accidente deportivo con rescate y accidente deportivo sin rescate.
Da instrucciones de cómo solicitar la intervención de los grupos de recate (Emergencias 112) y pasos posteriores. Todo referido a la anterior aseguradora (Mutualidad General Deportiva)
En las condiciones que he recibido, no se citan estos supuestos. Sólo diferencia en “Procedimiento NORMAL” y “Procedimiento en caso de URGENCIA médica”.
En todo caso, fija que el accidente, tiene que ser por “causa violenta o súbita”.
No cita en momento alguno, el rescate, evacuación, traslados, etc. El termino empleado es: “acudir” (En el Diccionario de la Lengua Española, 1. intr. “Dicho de una persona: Ir al sitio adonde le conviene o es llamada”).
En mi caso, tengo las siguientes dudas, que he consultado a la FEMECV:
d) Me encuentro mal, durante mi actividad (desfallecimiento, deshidratación, insolación, golpe de calor, etc.) ¿Cómo acudo al centro sanitario? ¿Estoy cubierto en estos casos?
e) Me extravío o no se cumple el plan de marcha previsto, hay riesgo de que caiga la noche con el consiguiente riesgo de hipotermia. ¿Qué hago?
f) En todo caso, en las condiciones del seguro, no habla nada de la evacuación o asistencia sanitaria en el lugar donde se encuentre uno. ¿Qué hay de esto?.
Amigos ¿os hacéis vosotros esas mismas u otras preguntas? ¿Hay en el foro, algún jurista o experto en seguros que nos pueda iluminar en todo esto? ¿merecerá la pena renovar la licencia federativa? ¿Hay alguna otra forma de cubrir nuestras necesidades?
Un saludo, Jaba